miércoles, 23 de mayo de 2012

Tabla salarial de Empleadas de Hogar 2012

Condiciones laborales para la contratación de empleadas de hogar para 2012:
- Alta Seguridad Social: el alta en la seguridad social es obligatoria desde la primera hora de trabajo.
- Contrato escrito: será obligatorio presentarlo en la Tesorería General de la Seguridad Social (modelo INEM). No será obligatorio hacer contraro escrito, aunque sí alta en la seguridad social, cuando el trabajo a desempeñar no supere las cuatro semanas.
- Vacaciones: los emplead@s de hogar dispondrán de 30 días de vacaciones al año (15 días consecutivos a pactar por ambas partes y avisando con dos meses de antelación).
- Festivo: el trabajor tiene derecho a 14 días festivos laborales anuales (o retribuidos, o acumulados a vacaciones).
- Permisos retribuidos: Todos los que establece el Estatuto de los Trabajadores (por matrimonio, nacimiento de hijo, fallecimiento o enfermedad de familiares hasta 2º grado).
- Subsidio por incapacidad: accidente de trabajo o enfermedad profesional; se abonará a partir del 9º día de la baja en el trabajo, estando a cargo del empleador el abono de la prestación al trabajador desde los días 4º a 8º de la citada baja.
* Desestimiento del contrato por parte de empleador: se hará por escrito. Si la relación laboral era de un año o más deberá avisarse con 20 días de antelación, en los demás supuestos con 7 días de antelación. La indemnización será de 12 días por año trabajaro.
- Art. 8 Retribuciones: este salario podrá ser objeto de mejora.
Además, se incrementará el salario correspondiente en un 12% en concepto de responsabilidades asumidas qeu excedan las tareas domésticas (cuidadao de mayores dependientes, bebés, familias numerosas…) aplicable a todos los salarios.
Las dos pagas extras se abonarán integras en Junio y Diciembre, salvo prorrata. No se les aplica descuento de la Seguridad Social.
Para trabajos realizados fuera del área metropolitana se abonará el transporte.

Condiciones laborales en internas
- Disponer de 2 horas diarias de descanso.
- Descansar 36 horas consecutivas comprendidas, como regla general, la tarde del sábado o la mañana de l lunes y el día completo del domingo.
- El descanso entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente será como mínimo de 12 horas, pudiéndose reducir a 10 horas otra.
Nota importante: la cotización como empleada de hogar no da derecho al cobro de desempleo.


Fuente: Parainmigrantes

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